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Reclasificación y/o Renovación de Permisos de Empresas

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Descripción del servicio

Autorización otorgada por el Consejo Directivo del CNZFE para la renovación del permiso de operación de empresas bajo el régimen de zonas francas. Al momento de clasificarse una empresa para operar dentro de un Parque de zonas Francas, se le otorga un período de operación de 15 años, según lo establece la Ley 8-90 del 15 de enero de 1990, una vez vencido dicho plazo, si la empresa decide continuar recibiendo los beneficios otorgados, debe realizar esta solicitud

A quién va dirigido

Empresas de Zonas Francas.

Departamento que lo ofrece

Departamento de Servicios al Usuario

Información de contacto

Tel.: (809) 686-8077
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Ave. Leopoldo Navarro # 61, Edificio San Rafael, 5to Piso, Miraflores, Santo Domingo, R.D.

Requerimientos o requisitos

Procedimientos a seguir

Solicitar servicio mediante comunicación dirigida al director ejecutivo del CNZFE, en papel timbrado, firmada por el representante competente, sellada, y que contenga teléfonos, dirección, correo electrónico y RNC. Indicar el teléfono y correo de la persona encargada del seguimiento, en caso de no ser quien firma.

La solicitud debe ser depositada en las oficinas del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación junto a los documentos requeridos.

Horario de prestación

De lunes a viernes, de 8:00 a.m. hasta 4:00 p.m

Costo

Regular: RD$ 50,000.00, Expreso: RD$ 55,000.00

Tiempo de realización

Ver Información Adicional para mas detalles

Canal de Prestación

Presencial o Interactivo

Información adicional

REGULAR: Toda solicitud que requiera ser aprobada por el Consejo Directivo del CNZFE debe ser depositada, junto a la documentación requerida, una vez validada por el departamento correspondiente, a más tardar seis (6) días laborables antes de la fecha de la próxima reunión. Una vez, sea conocida y aprobada la solicitud, le será informada la decisión del Consejo Directivo al interesado por escrito en los próximos 15 días laborables. Y el servicio entregado en un tiempo no mayor a los treinta (30) días laborables, siempre y cuando estén cumplidas todas las condiciones establecidas por el Consejo Directivo.

EXPRESO: Toda solicitud que requiera ser aprobada por el Consejo Directivo del CNZFE debe ser depositada, junto a la documentación requerida, una vez validada por el departamento correspondiente, a partir de cinco (5) días laborables antes de la fecha de la próxima reunión y hasta el tercer (3) día inclusive. Una vez, sea conocida y aprobada la solicitud, le será informada la decisión del Consejo Directivo al interesado por escrito en los próximos 15 días laborables. Y el servicio entregado en un tiempo no mayor a los treinta (30) días laborables.

NOTA:

  1. En aquellos casos que se requiera información de parte de la empresa, y no pueda establecerse contacto con la persona encargada, tampoco será tomada en consideración el tiempo de entrega establecido anteriormente, por lo cual recomendamos que en las referidas solicitudes se suministre el nombre de la persona a contactar en su empresa.
  2. Aquellas solicitudes tramitadas que contengan errores no serán consideradas para el tiempo establecido.
  3. Los pagos correspondientes a los costos de tramitación de solicitudes no serán reembolsables ni transferibles Ver Circular 5558.
  4. La vigencia de los pagos y servicios emitidos por este Consejo Nacional de Zonas Francas es de 45 días Ver Circular 2192.